sábado, 1 de mayo de 2010

INTERVENCIÓN DEL ESTADO EN LA ECONOMÍA



La constitución política del estado colombiano implementa una regulación a la actividad económica desarrollada en el territorio nacional, dicha regulación está contenida en el titulo XII titulada: “DEL REGUIMEN ECONOMICO Y DE LA HACIENDA PUBLICA” dentro de dicho titulo se trazan ciertas directivas y se trata el asunto de la hacienda publica, lo que a este temario le corresponde y nos interesa para el caso será lo contenido en el artículo 334 del estatuto superior que dispone:

“La dirección general de la economía estará a cargo del estado. Este intervendrá, por mandato de la ley, en la explotación de los recursos naturales, en el uso del suelo, en la producción, distribución, utilización y consumo de bienes, y en los servicios públicos y privados, para racionalizar la economía con el fin de conseguir el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo y la preservación de un ambiente sano.
El Estado, de manera especial, intervendrá para dar pleno empleo a los recursos humanos y asegurar que todas las personas, en particular las de menores ingresos, tengan acceso efectivo a los bienes y servicios básicos. También para promover la productividad y competitividad y el desarrollo armónico de las regiones”

Hay que notar que la Constitución dispone que la dirección de la economía está en cabeza del Estado, en especial y aunque expresamente no lo diga del ejecutivo, por ende se crea el interrogante de la necesariedad de la intervención Estatal, siendo así, habrá que decir que el fin de dicha intervención es una predistribución de la riqueza, la propiedad, la tierra, y que esto desencadene en la distribución equitativa de las oportunidades, pero ¿Qué nos ha llevado a que el Estado intervenga la economía?, ¿acaso la “mano invisible” del mercado no es suficientemente “inteligente” para la regulación armónica del mismo?

Los anteriores interrogantes, conducen al estudio del LAISSEZ- FAIRE, idea fundamental de la Escuela Clásica de la Economía que planteaba la intervención Estatal en la economía como minima, para Smith el llamado “Dejar hacer y dejar pasar” era sostenible ya que existía una lógica del mercado en cabeza de “la mano invisible” que es aquella que asigna los bienes y servicios, es el mercado el encargado de redistribuir los bienes, un mercado “sabio” y por ende la intervención Estatal es minima o nula.

Pero ¿Será que el mercado es sabio?, ¿Será que la desigualdad es justificable o existente?, y es que el mercado termina justificando las desiguales, una distribución inicial inequitativa, que hace que lo individuos no tengan acceso a los bines y servicios necesarios, que la riqueza se empieza a concentrar y la pobreza a masificar es por esto que la intervención estatal contenida en el articulo 334 de la Constitución Nacional es justificable, deseable y necesaria, por que tiene un fin único, consistente en la racionalización con el fin de conseguir el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes”

En conclusión, es deseable que el estado intervenga en la economía por que el LAISSEZ – FAIRE encontró su final con la desigualdad y masificación de la pobreza.



BIBLIOGRAFÌA

Constitución Política de Colombia; Editorial LEYER; Vigésima-cuarta Edición; Marzo de 2007; pagina 192.

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